¿Cómo beneficiarse de las nuevas ayudas del Gobierno?

El Ejecutivo anunció el martes otro paquete de medidas extraordinario para soliviantar a familias y trabajadores ahogados por la crisis. El decreto, que se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), va dirigido principalmente a aquellos ciudadanos particularmente golpeados por la Covid-19, que se han convertido en vulnerables a causa de las nefastas consecuencias económicas de la pandemia. Pero, ¿cómo acreditar esta condición?

Las ayudas son para los alquileres, el pago de hipoteca de locales comerciales, los autónomos, las empleadas del hogar y colectivos que de otra manera querían excluidos, como los trabajadores temporales… El decreto fija una serie de documentos a presentar para acreditar la condición de vulnerabilidad, pero deja abierta una rendija para no perder la ayuda en el caso no se disponga de toda la información solicitada, considerado que en plena emergencia sanitaria no es fácil obtener toda la información que se precisa. El mismo texto aclara: “Se adapta la acreditación de vulnerabilidad a las dificultades derivadas del estado de alarma que pueda impedir la obtención de determinados documentos, mediante la presentación de una declaración responsable”.

Un ejemplo: la acreditación de la vulnerabilidad económica para obtener moratorias o ayudas para el alquiler. El decreto establece que el solicitante tiene que cumplir con toda una serie de requisitos que hayan sido ocasionados por la emergencia sanitaria. Estos se resumen, básicamente, en haber perdido el trabajo o una parte sustancial de los ingresos (estar en situación de desempleo, haber sido afectados por un ERTE o haber visto reducida la jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares) y que alquiler, más los gastos y suministros básicos (gas, agua, electricidad…), tienen que suponer el 35% o más de los ingresos familiares netos. ¿Cómo acreditar esta situación?

El decreto establece que hay que presentar los papeles oficiales que certifiquen el paro o el cese de actividad en el caso de los autónomos, el libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho, certificado de empadronamiento, una nota simple del Registro de la Propiedad que acredite los bienes de todos los miembros de la unidad familiar… Toda una serie de documentos que, en estos tiempos, no son fáciles de conseguir.

Por ello, prevé la posibilidad de sostituirlos con una “declaración responsable que incluya la justificación expresa de los motivos, relacionados con las consecuencias de la crisis de la Covid-19, que le impiden tal aportación”. Terminado el estado de alarma, el decreto concede un mes de tiempo para facilitar y los documentos exigidos. Lo mismo ocurre con los efectos de la moratoria hipotecaria y del crédito de financiación no hipotecaria.

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