Sanidad podrá comprobar mediante su aplicación móvil si un ciudadano está donde declara estar

Un hombre con un equipo de protección contra la Covid-19 usa un teléfono móvil.Un hombre con un equipo de protección contra la Covid-19 usa un teléfono móvil.ALY SONG / REUTERS

El Gobierno ha dado un paso más en su lucha contra la expansión del coronavirus aunque bordeando la frontera de los derechos fundamentales. La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos que dirige Nadia Calviño, ha aprobado una norma para autorizar el desarrollo de una aplicación para el teléfono móvil que permita a las autoridades sanitarias la geolocalización de todos los ciudadanos a los “efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara estar”.

Así consta en una orden ministerial publicada el pasado 28 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se atribuye al Ministerio de Sanidad una serie de prerrogativas para poder controlar mejor la expansión del Covid-19.

Entre esos poderes está el del “desarrollo urgente” y la “operación de una aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, que permita, al menos, realizar al usuario la autoevaluación en base a los síntomas médicos que comunique, acerca de la probabilidad de que esté infectado, ofrecer información al usuario sobre el virus y proporcionarle consejos prácticos y recomendaciones de acciones a seguir según la evaluación”.

No obstante, la norma detalla, y ahí radica la novedad, en que “la aplicación permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara estar”, y que la misma “puede incluir dentro de sus contenidos enlaces con portales gestionados por terceros con el objeto de facilitar el acceso a información y servicios disponibles a través de Internet”.

El Ministerio de Economía informó a través de un comunicado el pasado 1 de abril que iba a realizar un estudio, denominado DataCovid-19, en colaboración de los operadores de telefonía (Telefónica, Vodafone y Orange) para rastrear 40 millones de teléfonos móviles de toda España con el fin de conocer los movimientos de población entre territorios y contribuir a la toma de decisiones para hacer frente al coronavirus. También el Ministerio de Sanidad ha venido informando del desarrollo de una app para móvil con el fin de dar consejos para evitar los contagios.

Derecho de protección de datos individuales

No obstante, ninguno de los dos departamentos ha hecho referencia alguna que la app móvil pudiera controlar la veracidad de los datos de ubicación de los ciudadanos durante el confinamiento, una prerrogativa que puede chocar con la Ley de Protección de Datos.

Para evitarlo esta colisión legal, la norma publicada en el BOE, indica que la aplicación no constituirá, en ningún caso, “un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos”, ni “sustituirá en ningún caso la consulta con un profesional médico debidamente cualificado”.

El tratamiento de los datos se encomienda al Ministerio de Sanidad aunque el encargado del tratamiento y titular de la aplicación móvil será el de Economía, a través de la Secretaría General de Administración Digital.

Asimismo, se encomienda a esta Secretaría de Estado el desarrollo de un asistente conversacional para ser utilizado vía whatsapp y otras aplicaciones de mensajería instantánea, con el fin de proporcionar información oficial ante las preguntas de la ciudadanía.

La aplicación puede incluir dentro de sus contenidos enlaces con portales gestionados por terceros con el objeto de facilitar el acceso a información y servicios disponibles a través de Internet. También se habilita el desarrollo de una web informativa con los recursos tecnológicos disponibles.

La orden ministerial se cura en salud y señala que lo dispuesto en la misma se entiende sin perjuicio de la aplicación de las normas comunitarias relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales española de 2018 y los criterios interpretativos dados por la Agencia Española de Protección de Datos.

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